Los proyectos 1823 y 1824 fueron enviados a la Legislatura por el Poder Ejecutivo provincial y abordados este martes en el recinto “Deolindo F. Bittel”. El plan contempla a interinos y titulares del nivel secundario (a excepción de la modalidad Educación de Jóvenes y Adultos) y del nivel superior.
En una sesión extraordinaria convocada por el bloque del Frente Chaqueño, la Legislatura provincial convirtió en ley, por unanimidad, los proyectos N° 1823 y N° 1824 que crean un Plan de Estabilidad y Garantías Laborales para docentes interinos y titulares, tanto del nivel secundario (a excepción de la modalidad Educación de Jóvenes y Adultos) como del nivel superior.
Específicamente, la iniciativa 1823/23 remitida por el Poder Ejecutivo alcanza a los docentes interinos y titulares que se desempeñan en cargos de base y horas cátedra en instituciones educativas formales de gestión estatal del nivel secundario, a excepción de la modalidad Educación de Jóvenes y Adultos.
En igual sentido el proyecto 1824/23, también enviada por el Gobierno, implementa un Plan de Acceso a la Titularidad de Nivel Superior para docentes que se desempeñan en cargos de base y horas cátedra en instituciones educativas de gestión estatal del nivel superior.
Noticia en elaboración…
En una sesión extraordinaria convocada por el bloque del Frente Chaqueño, la Legislatura provincial convirtió en ley, por unanimidad, los proyectos N° 1823 y N° 1824 que crean un Plan de Estabilidad y Garantías Laborales para docentes interinos y titulares, tanto del nivel secundario (a excepción de la modalidad Educación de Jóvenes y Adultos) como del nivel superior.
Específicamente, la iniciativa 1823/23 remitida por el Poder Ejecutivo alcanza a los docentes interinos y titulares que se desempeñan en cargos de base y horas cátedra en instituciones educativas formales de gestión estatal del nivel secundario, a excepción de la modalidad Educación de Jóvenes y Adultos.
En igual sentido el proyecto 1824/23, también enviada por el Gobierno, implementa un Plan de Acceso a la Titularidad de Nivel Superior para docentes que se desempeñan en cargos de base y horas cátedra en instituciones educativas de gestión estatal del nivel superior.
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