Desde el 1 de julio, todos los usuarios del país —incluidos los mendocinos— comenzaron a pagar un recargo adicional en sus facturas de gas. La medida fue dispuesta por el Gobierno nacional a través del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) y busca financiar el régimen de Zona Fría, que otorga descuentos en regiones de bajas temperaturas.
La decisión, oficializada mediante la resolución 444/2025, implica un incremento del 6,43% al 6,73% sobre el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST). Ese porcentaje varía según la subzona de cada distribuidora y representa, en términos finales, un aumento de entre el 1,4% y el 2,4% en el total de la factura para los usuarios residenciales.
En Mendoza, la prestadora Gas Cuyana (Ecogas) deberá aplicar este cargo a todos los clientes con servicio completo, identificándolo bajo la leyenda: “Fdo. Fiduciario Art. 75 Ley N.º 25.565. Modif. Ley 27.637”.
El recargo se aplicará por cada metro cúbico de gas facturado y se prorrateará en función de los días de vigencia dentro del período de consumo. También fue instruido que todas las subdistribuidoras autorizadas en la provincia lo implementen desde julio.
Qué es el régimen de Zona Fría
El régimen de Zona Fría fue creado en 2002 y ampliado en 2021 mediante la Ley 27.637, que incorporó a gran parte del territorio mendocino al beneficio, además de provincias patagónicas, cuyanas y del noroeste argentino. Su vigencia está confirmada hasta diciembre de 2031.
En Mendoza, todos los usuarios residenciales del departamento de Malargüe reciben un 50% de descuento sobre el cuadro tarifario pleno. En tanto, los consumidores de los demás departamentos de la provincia acceden a una bonificación de entre el 30% y el 50%, según su ubicación y condición socioeconómica.
Este régimen alcanza a 4,3 millones de usuarios en 231 departamentos del país, y parte de su financiamiento ahora dejará de ser responsabilidad del Estado nacional para recaer directamente sobre todos los consumidores.
A quiénes beneficia con descuentos del 50%
La Ley 27.637 también establece que, más allá del criterio geográfico, acceden a un 50% de descuento tarifario quienes cumplan al menos uno de los siguientes requisitos:
- Titulares de AUH o Asignación por Embarazo.
- Jubilados, pensionados o trabajadores que cobren hasta 4 SMVM.
- Monotributistas sociales o de categorías bajas con ingresos limitados.
- Electrodependientes y beneficiarios de la ley 27.351.
- Personas que perciben seguro de desempleo.
- Empleados de casas particulares (ley 26.844).
- Titulares de pensión vitalicia por la Guerra de Malvinas.
Estos sectores reciben el máximo descuento vigente en su zona. Las prestadoras del servicio en Mendoza y otras provincias deben aplicar este esquema de compensaciones a los beneficiarios mediante cuadros tarifarios diferenciados.
Un ajuste en plena ola polar
La resolución coincide con una ola de frío extremo que afectó esta semana a distintas regiones del país, con temperaturas de hasta 11 grados bajo cero en localidades del sur. En ese contexto, la decisión de trasladar el costo del subsidio generó críticas de entidades de defensa del consumidor y usuarios particulares.
Desde el Gobierno argumentan que el régimen fue ampliado sin suficiente control, beneficiando también a sectores de clase media o media alta que no se encuentran en situación de vulnerabilidad.
El Ministerio de Economía, a cargo de Luis Caputo, justificó el traslado del costo al señalar que “el Estado no puede sostener más subsidios generalizados”. Según estimaciones oficiales, el régimen de Zona Fría insumía 300 millones de dólares anuales, que ahora serán financiados por todos los usuarios a través de sus boletas.
A pesar de este ajuste, fuentes oficiales reconocen que una eventual eliminación definitiva del régimen de Zona Fría quedará postergada hasta después del ciclo electoral, debido al alto costo político que implicaría.
MÁS NOTICIAS:
EL SOL.-