sáb. Jul 19th, 2025
Ganancias y Monotributo: cómo se actualizarán las escalas tras la inflación de junio

Con la publicación del índice de inflación de junio, que cerrará el primer semestre del año con una variación estimada entre el 15,3% y el 15,6%, el Gobierno nacional activará una serie de actualizaciones clave que impactarán de lleno en los bolsillos de trabajadores, jubilados y pequeños contribuyentes.

El dato oficial será difundido por el Indec este lunes, y servirá como base para la modificación automática del Mínimo No Imponible del Impuesto a las Ganancias, las escalas del Monotributo y el cálculo del próximo aumento de jubilaciones y pensiones.

Los cambios responden a las actualizaciones previstas por ley, que estipulan una revisión semestral —en enero y julio— basada en la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC). A partir de estos ajustes, el nuevo piso salarial mensual que quedará exento del pago del Impuesto a las Ganancias pasará, para los trabajadores solteros sin hijos, de $2.340.000 a unos $2.600.000. En el caso de un trabajador casado con dos hijos, el umbral se incrementará de $3 millones a aproximadamente $3,5 millones.

A la par de esta suba, se actualizarán también los montos máximos deducibles por ciertos gastos, tales como salarios de personal doméstico, cuotas de educación de los hijos o alquileres de vivienda. Todos estos conceptos deben ser informados por el contribuyente en el formulario F572Web a través del sistema Siradig Trabajador.

Las alícuotas del impuesto se mantienen sin cambios y siguen siendo progresivas, con porcentajes que van del 5 al 35% según el nivel de ingresos. Sin embargo, con los nuevos mínimos, una porción mayor de salarios quedará exceptuada o verá reducido su nivel de imposición.

En lo que respecta al Monotributo, el límite de facturación anual también se ajustará al alza. La categoría A, la más baja del régimen simplificado, pasará de un tope de $7.813.063 a $9 millones anuales. La categoría K, la más alta, en tanto, se actualizará de $82.370.281 a alrededor de $95 millones. En paralelo, las cuotas mensuales de cada categoría subirán en consonancia con la inflación del semestre, con subas que rondarán el 15,5%. Por ejemplo, la cuota de la categoría A, que actualmente es de $32.221, se ubicará por encima de los $37.000.

ARCA, la agencia recaudadora, ya informó que el proceso de recategorización estará habilitado tras la publicación del IPC oficial. Los monotributistas tendrán tiempo hasta el 5 de agosto para revisar sus ingresos y datos correspondientes a los últimos 12 meses y completar el trámite si corresponde. La recategorización es obligatoria para quienes hayan modificado sus ingresos, superficie del local, consumo de energía eléctrica o monto de alquileres devengados.

El organismo también recordó que quienes no realicen el trámite, pero se encuentren fuera de los parámetros de su categoría, podrán ser recategorizados de oficio si se detectan inconsistencias entre sus ingresos declarados y sus consumos o movimientos bancarios.

Finalmente, el dato de inflación de junio será determinante también para calcular el próximo aumento de jubilaciones y pensiones, que comenzará a regir a partir de agosto. La fórmula de movilidad vigente contempla el índice semestral como uno de los factores clave, por lo que se espera que el incremento ronde el mismo porcentaje de la inflación acumulada del período.

EL SOL.-