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  • El Gobierno le aplicó la “motosierra” al Procrear y avanzó con su liquidación definitiva

    El Gobierno le aplicó la “motosierra” al Procrear y avanzó con su liquidación definitiva

    El Gobierno nacional profundizó el desmantelamiento del programa Procrear al avanzar con una nueva resolución del Ministerio de Economía que formalizó la liquidación definitiva del Fondo Fiduciario Público creado para administrar ese histórico plan de acceso a la vivienda única familiar.

    Con la Resolución 764/2025, publicada este lunes en el Boletín Oficial, la gestión de Javier Milei continúa aplicando su política de ajuste bajo la lógica de la “motosierra”, esta vez apuntando directamente al corazón de una de las iniciativas habitacionales más emblemáticas de las últimas décadas.

    El Fondo Fiduciario Procrear había sido creado en 2012 durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner con el objetivo de “facilitar el acceso a la vivienda propia y dinamizar el empleo a través de la construcción”.

    Con el paso de los años, el programa sumó distintas líneas de crédito y desarrollos urbanísticos en todo el país. Sin embargo, en noviembre de 2024, el presidente Milei firmó el Decreto 1018/2024, que ordenó su disolución. La resolución recientemente firmada por el ministro Luis “Toto” Caputo avanza en los mecanismos concretos para ejecutar esa decisión.

    Entre las medidas clave adoptadas por el Ejecutivo nacional, se destaca que la gestión de los créditos vigentes pasará al Banco Hipotecario, bajo un contrato de mandato que mantiene las condiciones del fideicomiso original, pero que limita severamente el alcance del programa.

    Además, se instruye al banco a vender las carteras de crédito de bajo rendimiento (con recupero menor al 40%), lo que podría poner en riesgo la continuidad de muchas operaciones de vivienda aún activas.

    Por otro lado, los bienes inmuebles que formaban parte del fideicomiso y no están actualmente vinculados a obras serán transferidos a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), que podrá disponer de ellos con criterios más amplios que los establecidos originalmente por el programa.

    Incluso se abre la puerta a devoluciones de inmuebles a provincias o municipios que los hubieran cedido, o su venta directa, lo que podría derivar en un cambio radical en el uso de tierras que hasta ahora tenían un destino habitacional.

    En paralelo, el Ministerio de Economía delegó en la Secretaría de Obras Públicas la responsabilidad de coordinar la disposición de los bienes y de ejecutar los actos jurídicos necesarios para avanzar con la liquidación.

    La resolución también habilita a la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial a instruir al Banco Hipotecario para que transfiera a la Tesorería General de la Nación todos los fondos recaudados por cobranzas, descontando únicamente su retribución por la gestión.

    Con esta normativa, el Gobierno nacional entierra oficialmente el instrumento legal y operativo que sostenía al Procrear desde hace más de una década. Aunque los créditos otorgados seguirán su curso, el programa ya no contará con estructura propia ni con fondos específicos para nuevos proyectos o líneas de crédito habitacional, como las que en su momento beneficiaron a miles de familias en todo el país.

    La liquidación del Procrear se suma a otras medidas que el oficialismo ha adoptado en su cruzada por el déficit cero, entre ellas el congelamiento de obras públicas, la eliminación de subsidios habitacionales y el recorte de programas sociales con impacto territorial.

    A partir de ahora, la política de vivienda del Estado nacional queda sin una herramienta emblemática, mientras que el futuro de la planificación habitacional en el país queda atado a eventuales iniciativas provinciales o del sector privado.

    EL SOL.-

  • Importación de vinos: la medida del INV para “agilizar el comercio internacional”

    Importación de vinos: la medida del INV para “agilizar el comercio internacional”

    El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) oficializó este viernes una serie de normativas orientadas a modernizar, desburocratizar y alinear el comercio vitivinícola argentino con los estándares internacionales. La más destacada es la Resolución 20/2025, publicada en el Boletín Oficial, que introduce cambios clave en el proceso de importación de vinos y productos vitivinícolas.

    El nuevo esquema simplifica los trámites para importadores, elimina exigencias redundantes y agiliza los procedimientos administrativos, todo ello sin renunciar a los controles de calidad e inocuidad que establece la Ley Nº 14.878. La medida busca adecuar los procesos a la dinámica actual del comercio internacional y responde a los principios de eficiencia estatal promovidos por el Gobierno nacional.

    Uno de los puntos más relevantes de la resolución es la eliminación del requisito obligatorio de certificados analíticos para productos procedentes de países que ya tienen acuerdos técnicos con Argentina, en el marco del Grupo Mundial de Comercio del Vino (GMCV) y la Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV). Solo se exigirá dicha documentación en casos donde esté en juego la salud o seguridad del consumidor.

    En términos prácticos, los vinos fraccionados que ingresen al país desde naciones con acuerdos bilaterales podrán ser habilitados mediante una declaración jurada electrónica de importación, sin necesidad de incluir análisis de laboratorio del país de origen. Para los productos a granel, sí se requerirá un certificado que detalle, entre otras cosas, las variedades de uva utilizadas en su elaboración.

    La trazabilidad y el etiquetado también fueron abordados. Todos los productos importados deberán cumplir con los requisitos vigentes para los vinos nacionales, sumando la inclusión de la razón social del importador, número de lote y domicilio, pero sin obligación de mostrar el número de análisis de libre circulación o del país de origen en la etiqueta.

    La resolución también incluye la posibilidad de que el importador solicite la toma de una muestra de control por parte del INV, en caso de no contar con certificaciones de origen. Esto permite validar la aptitud del producto sin frenar los tiempos de importación, lo que representa una mejora significativa en los procesos logísticos del sector.

    Normativas complementarias

    La medida se complementa con otras normativas recientes del INV, como la Resolución 17/2025, que reconoce como válidas las certificaciones nacionales e internacionales de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), y las Resoluciones 18 y 19/2025, orientadas a simplificar la trazabilidad del alcohol etílico destinado a biocombustibles.

    Estas acciones consolidan un enfoque estatal que integra competitividad, calidad y apertura comercial, facilitando el ingreso de productos al país y favoreciendo la inversión extranjera. Además, se inscriben dentro del marco de facultades conferidas al INV por las Leyes N° 14.878 y N° 24.566, que regulan el comercio e industria del vino y del alcohol etílico.

    La Resolución 20/2025, firmada por Carlos Raúl Tizio Mayer, presidente del INV, deroga varias normas anteriores, unificando criterios y adaptando la normativa vigente a los nuevos desafíos del comercio internacional.

    EL SOL.-