El Poder Ejecutivo presentó en el Congreso un proyecto de ley que crea un nuevo régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias.
La propuesta está destinada a personas humanas y sucesiones indivisas y apunta a reducir la carga administrativa para los contribuyentes, mejorar la eficiencia del sistema tributario y fomentar la repatriación de dólares no declarados.
La iniciativa forma parte de la reforma fiscal impulsada por Javier Milei y representa un cambio significativo en la forma de liquidar Ganancias para determinados sectores. Si bien no se trata de un blanqueo, el nuevo esquema busca atraer al sistema a quienes hoy mantienen capitales fuera del radar de la AFIP.
El especialista Sebastián M. Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, analizó los principales puntos del proyecto:
Los 10 puntos clave del nuevo régimen
- Destinatarios: Personas humanas y sucesiones indivisas residentes en Argentina. No incluye sociedades ni fideicomisos. La adhesión es voluntaria.
- Requisitos: Ingresos anuales totales de hasta $1.000 millones y patrimonio global (local y exterior) inferior a $10.000 millones. No deben estar categorizados como “Grandes Contribuyentes Nacionales”.
- Adhesión y fiscalización: La incorporación será por declaración jurada. Si ARCA detecta incumplimientos, excluirá al contribuyente y exigirá los impuestos omitidos con las correspondientes sanciones.
- Declaración jurada prellenada: ARCA propondrá el cálculo del impuesto. El contribuyente solo podrá aceptarlo sin modificaciones. Si lo altera, pierde el beneficio del régimen simplificado.
- Efecto liberatorio: El pago dentro de los plazos previstos cancela la obligación tributaria de ese período, salvo que se detecten errores u omisiones relevantes.
- Presunción de exactitud: Las declaraciones de Ganancias e IVA serán consideradas válidas mientras no haya impugnaciones por parte del organismo recaudador.
- Discrepancia significativa: Se definirá así cuando la diferencia supere el 15% del saldo o los $100 millones. En esos casos, ARCA podrá auditar períodos anteriores no prescriptos.
- Fiscalización retroactiva limitada: Solo se aplicará si se verifican discrepancias significativas. Los contribuyentes regulares quedarán excluidos de estas auditorías.
- Exclusión de monotributistas: No podrán adherir mientras permanezcan en el monotributo. Deberán pasarse al régimen general si desean participar.
- No es un blanqueo: No exime de impuestos o sanciones por períodos anteriores. Tampoco implica amnistías ni protege ante delitos tributarios pasados.
La propuesta será debatida en el Congreso en las próximas semanas y se suma al paquete de medidas económicas que impulsa el oficialismo
Con información de Infobae.
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